Páginas

07 julio, 2013

Las Fotos de Boda y sus Derechos de Imagen


camara de fotosUna boda sin fotos es algo inconcebible. Habrá uno o varios fotógrafos profesionales y multitud de amateurs que harán toneladas de fotos antes, durante y después de la boda. 

  
Lo que no siempre se tiene en cuenta son los derechos de imagen de esas fotos. Porque, aunque no nos demos cuenta, cada instantánea en la que aparecen personas que son reconocibles, está sujeta a derechos de imagen. Y eso sirve tanto para las fotos que os saquen a vosotros, como a vuestros invitados, al personal que trabaje en la boda o a cualquier otra persona que aparezca por uno u otro motivo en esas imágenes.


Aunque es un asunto en el que se suele hacer la vista gorda o al que, 
simplemente, no se le da importancia, es conveniente tener en cuenta algunos puntos interesantes para mantener a salvo nuestra imagen y respetar la de los demás:


En cuanto a las fotos que os tomen profesionales que participen en la boda


Antes de nada, recordad que los derechos de imagen os amparan y no permiten el uso de fotos sin consentimiento previo, si hay beneficio económico para el autor o se hace con fines comerciales o análogos, salvo que haya una autorización expresa. Incluso, esa autorización puede ser revocada en cualquier momento, aunque el autorizado os puede pedir una compensación económica, si ha habido algún tipo de pérdida para él. 


fotografoIntentad no ceder vuestra imagen a los fotógrafos para otra finalidad que no sea el reportaje de la boda. Muchos de ellos os presentarán un documento para que lo firméis por el que cederéis todos los derechos de imagen de las fotos que os hagan, de tal manera que podrán exhibirlas, modificarlas, venderlas y, en resumidas cuentas, hacer lo que les plazca con vuestra imagen. Mi consejo es que no lo firméis y, si lo hacéis, pidáis un descuento  u otra compensación. No es divertido verse en el escaparate o el book de un estudio fotográfico como reclamo... y encima haber pagado por ello. Ojo, una cosa son los derechos de imagen, que son vuestros y, otra bien distinta, la propiedad intelectual de las fotos, que es del autor. Eso quiere decir que, si así lo pactáis en el contrato de prestación de servicios, el fotógrafo se reserva el derecho sobre las fotos: os puede pedir dinero por las copias, por la publicación de las fotos, etc. Pero si no le cedéis los derechos de imagen sobre las instantáneas donde aparezcáis, sólo podrá utilizarlas para lo que vosotros le autoricéis expresamente.


noviaSi vais a contar con wedding planner, presentadle un documento para que lo firme en el que acepte no utilizar ni publicar ninguna foto vuestra (ni de vuestros invitados). Algunos utilizan fotos de la boda para promocionar su trabajo con desparpajo y sin autorización vuestra. Es normal que tomen fotos de la decoración o los pasos de la preparación del evento, pero siempre con vuestro permiso expreso, sobre todo si aparecen personas reconocibles. Y, si no os importa que os hagan fotos, por lo menos rentabilizadlas con un descuento en su factura. Y esto os lo está diciendo una wedding planner...
pasillo boda


Esto mismo sirve para la finca, hotel o restaurante en el que organicéis la boda. Aunque sean los propietarios de las instalaciones, vuestra boda pertenece vuestro ámbito privado y deben respetar la intimidad y privacidad de los participantes. Igual que en el caso de fotógrafos o WP, si hacen fotos, que os las compensen de algún modo.


Si va a haber animación (orquestas, DJ's, bailarines, magos, etc.), os aconsejo que os firmen un documento en el que se comprometan a tomar fotos de su actuación en las que no aparezca público (sólo el escenario y/o el artista). Es normal que se filmen o se fotografíen para su book profesional, pero no deben aparecer otras personas que no lo hayan autorizado expresa y personalmente (es decir, vosotros no podéis autorizarles en nombre de cada invitado para que les hagan fotos). Luego no os apetecerá que aparezcan imágenes de vuestros invitados en su FB o en su página web. 


Y en cuanto a las fotos que os hagan los invitados a vosotros


Lo normal es dejar que cada uno haga lo que quiera, aunque sí que podéis pedir a los invitados que retiren del acceso público fotos vuestras (o de otros invitados) que no os agradan, porque son inapropiadas o humillantes.


Respecto a las fotos que toméis vosotros de vuestros invitados


album de fotosPor supuesto, no vais a pedir autorización a cada uno de vuestros invitados para tomarles fotografías en la boda, pero si debéis cuidar las imágenes que tomáis de ellos, sobre todo las que se vayan a publicar en RR.SS. o en otros sitios de acceso público. Respetad la dignidad de esas personas, eso quiere decir que no debéis publicar la imagen del primo Paco con una melopea XXL, mientras baila Paquito Chocolatero con la corbata puesta en la cabeza a lo Rambo o de vuestra compañera de trabajo a la que el palabra de honor le jugó una mala pasada mientras bailaba. Es muy gracioso (o no) ver esas situaciones en persona, pero puede perjudicarles el que esas imágenes se hagan públicas.


Y las que les hagáis a los animadores y artistas


Mi consejo es que los artistas y animadores os firmen unos contratos de cesión de imagen para que podáis fotografiarles durante la boda y usar esas fotos sin problemas; personalmente, se lo recomiendo a todos los novios en las bodas que organizo. Eso sí, cuando las utilicéis para compartirlas o publicarlas, respetad su imagen y su dignidad; vamos, que no hagáis a los demás lo que no queréis que os hagan a vosotros. 


camara de videoPor supuesto, todo lo anterior también es válido para las grabaciones en vídeo.


Espero que esta información os sea de utilidad y, si tenéis alguna consulta o comentario sobre este tema, estoy a vuestra entera disposición.





También os puede interesar:

Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal

Contrato de cesión de derechos de imagen

3 comentarios:

  1. Me ha gustado mucho tu artículo porque las personas que hacemos reportajes fotograficos muchas veces sufrimos algunos problemas, yo hace dos semanas la tuve con el cantante del grupo, fíjate tú...

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Julia,

      me alegro de que te haya gustado el artículo. Tú mejor que nadie sabrás que los derechos de imagen de las fotos es un tema de lo más delicado. Ya me cuentas que has tenido problemas con un cantante, conozco también a dueños de tiendas on-line que los han tenido con las modelos de las fotos de sus artículos. Todo un mundo, sin duda.

      He visitado vuestra web... ¡y me han encantado los reportajes! Fotos con mucha alma, sí señora.

      Aquí tienes tu blog para contar lo que quieras.

      Un saludo y gracias por dejar tu comentario

      Eliminar
  2. Jajajaja o sea, que queréis privar a los fotógrafos de poder enseñar sus fotos para seguir consiguiendo trabajo (que esos clientes han llegado por el mismo reclamo de otras parejas, por cierto, si no pudieran enseñar su trabajo qué hacen los clientes? confían en el estilo y en el trabajo a ojos cerrados? vaya chorrada) pero aaah, los novios tienen total libertad de sacarles fotos a los invitados y hacer lo que les venga en gana sin consultar; que para algo son los novios y están por encima de la moral que un párrafo anterior se describe.
    Venga hombre....

    ResponderEliminar

Estamos encantados de que nos dejes tus aportaciones, porque tu opinión es importante para nosotros. Sólo te pedimos que, por favor, no publiques links ni contenidos publicitarios de ningún tipo, porque estos no serán publicados. Si deseas anunciarte, contacta con nosotros previamente. Gracias.