18 noviembre, 2015

Lo Que Necesitas Saber de Las Bodas Ante Notario

La Ley de Jurisdicción Voluntaria, la que permite (entre otras cosas) celebrar matrimonios a los notarios, entró en vigor el 23 de julio de 2015, y cada vez son más las parejas que se deciden a casarse en la notaría.


Aunque todavía no es una opción mayoritaria, a pesar de la comodidad, rapidez y cercanía que implica la celebración del matrimonio ante notario, quizás por desconocimiento.


Por si os interesa celebrar vuestra boda ante notario, en este post encontraréis información que os puede resultar útil; además, siempre podéis utilizar herramientas como Bodayaa, que os facilitarán la gestión del matrimonio en la notaría.


Lo que necesitas saber de las bodas ante notario


Lo más importante


Lo primero que hace falta es iniciar el expediente matrimonial, exactamente igual que si la celebración de la boda fuese a tener lugar en un Ayuntamiento, Junta municipal o Juzgado de paz.


Este expediente se debe comenzar siempre en el Registro Civil del municipio donde viváis al menos uno de vosotros. A través de la página del Ministerio de Justicia podéis acceder a la información de los Registros Civiles principales en España. Si tenéis domicilios distintos, podéis elegir el que mejor os convenga. 


No es necesario que os caséis en el municipio donde se tramite el expediente, porque luego lo podréis trasladar al lugar que decidáis.


Tendréis que aportar los siguientes documentos:


- Una instancia y las declaraciones juradas de estado civil que os facilitarán en la ventanilla del Registro


Son unos documentos sencillos que acreditan que deseáis contraer matrimonio y el estado civil en el que os encontráis en la actualidad. Para que os hagáis una idea, os dejo unos enlaces para que veáis como es la instancia y la declaración jurada.


- DNI, pasaporte o NIE en vigor

Ojo, que tendréis que llevar los originales y fotocopias, así que tenedlos preparados o tendréis que salir corriendo a buscar un lugar donde os hagan las copias.


- Certificado literal de nacimiento


Tiene que estar expedido por el Registro Civil de vuestro lugar de nacimiento. Y debe tener menos de un año desde la fecha de expedición, así que no os adelantéis demasiado a la hora de pedir los documentos, porque si no tendréis que volverlos a solicitar. Podéis pedir estos certificados presencialmente, aunque sea ahorra mucho tiempo pidiéndolos por correo o por Internet.


- Certificado de empadronamiento 


De la ciudad o ciudades donde hayáis residido los dos últimos años anteriores al matrimonio. Estos certificados se pueden solicitar presencialmente y, en muchos casos, también por Internet.


Si habéis vivido en el extranjero, necesitaréis un certificado del consulado. Y en caso de no haber estado empadronados en ningún lugar, tendréis que aportar documentos que acrediten la residencia durante esos dos años. Sirven documentos como una carta acreditativa del presidente de la comunidad de vecinos, del banco donde hayáis tenido cuenta corriente o de la empresa donde hayáis trabajado; también contratos de alquiler, recibos de suministros (agua, luz, teléfono...), etc. 


- Casos especiales


Pareja de novios del brazoEn caso de ser divorciados o con un matrimonio anulado, tendréis que aportar un certificado literal del matrimonio anterior. Se puede solicitar de forma presencial, por correo o por Internet. Y si se trata de viudos, será necesario también aportar también el certificado del matrimonio anterior y el de defunción del cónyuge.


- Extranjeros


Si uno de vosotros o ambos sois extranjeros, deberéis aportar también:


Un certificado de capacidad de contraer matrimonio o certificado de soltería (según la legislación de cada país). 


Si se trata de divorciados, anulados o viudos, exactamente igual que en el caso de los españoles: certificado literal. 


Los originales de los documentos que provengan del extranjero tendrán que estar legalizados.


Y, cuidado, si alguno de los documentos está en otra lengua, tendrá que acompañarse de una traducción. Y no vale cualquiera, tiene que estar realizada por un traductor jurado.


Tramitación del expediente matrimonial


Una vez que hayáis presentado estos documentos se iniciará el expediente. El juez los examinará y os dará cita para que vayáis en persona, junto con dos testigos (no tienen que se obligatoriamente los que firmarán el día de la boda), para jurar o prometer que queréis contraer matrimonio y para declarar el estado civil en el que os encontráis. Vamos, ratificar en persona lo que habéis puesto en la instancia y las declaraciones.


Pareja de novios de la manoHecho esto, el juez dictará la resolución del expediente y, si está completo y conforme, autorizará la celebración de la boda. 


Este expediente lo podéis recoger vosotros en persona y llevarlo al notario que hayáis elegido o pedir que lo envíen a quien vaya a celebrar la boda. Mi consejo es que lo hagáis vosotros, es más rápido y seguro. Por cierto, os darán cita para recogerlo.


En un futuro podrá ser el notario el que se encargue de la tramitación del expediente matrimonial, pero por el momento, es necesario hacerlo en el Registro Civil que os corresponda. 


La elección del notario


La teoría es que todos lo notarios pueden celebrar matrimonios civiles, pero muchos de ellos tienen la agenda repleta y ni siquiera os darán cita. Lo ideal es buscar a notarios más jóvenes, que hace poco tiempo que están en activo y no tienen tanta sobrecarga de trabajo. 


Los Colegios Notariales os ayudarán con esta tarea, porque los conocen a todos. Os recomiendo que, si no tenéis ningún notario de confianza, llaméis al Colegio Notarial que corresponda a vuestra localidad y les pidáis ayuda. 


Otra opción es que el matrimonio se celebre en el propio Colegio Notarial


Antes de la boda


Debéis llevarle al notario que hayáis elegido el expediente matrimonial y rellenar una solicitud. Una vez hecho esto, os dará cita para celebrar la boda.


Los días y las horas de celebración dependerán del notario que hayáis elegido. Los hay que tienen habilitados unos días y unas horas donde llevan a cabo las ceremonias, y otros son más flexibles y se adaptan (dentro de un orden) a los deseos de los novios.


Firma del Acta MatrimonialEl día de la boda debéis acudir junto con dos testigos, provistos todos de vuestros documentos identificativos. 


Como en cualquier otra boda civil, se firmará el correspondiente Acta de Matrimonio.


Desplazamientos


La decisión de si el notario celebra el enlace en su despacho o en el lugar elegido por los novios depende del propio notario. Eso sí, en caso de aceptar desplazarse a otro lugar, os cobrará un extra por la ida y por la vuelta, igual que haría con cualquier acta. 


Pero, insisto, esta decisión es potestativa del notario, puesto que sólo está obligado a desplazarse en situaciones especiales, como una enfermedad.


El precio


El matrimonio se considera como un documento sin cuantía (en el que no hay dinero de por medio, como una hipoteca o un contrato de compraventa), por lo que el precio básico será de entre 100 y 150 €. El importe dependerá, entre otras cosas, de si la boda se celebra en día de diario o festivo, o si se celebra en la notaría o fuera de ella.


El registro del matrimonio


Será el notario el que se encargue remitir inmediatamente el Acta de Matrimonio al Registro Civil correspondiente. Será este último el que os entregue, una vez inscrito el matrimonio, el Libro de Familia. 


Por supuesto, una de las copias del Acta de Matrimonio os la entregará el notario al finalizar la boda. 


A tener en cuenta


Debéis tener en cuenta que si la boda se celebra en el despacho del notario, habrá ciertas restricciones que tenéis que considerar: 


  • El despacho del notario tiene un espacio limitado, así que el número de asistentes no podrá ser muy numeroso. Esto no es un problema si se va a desplazar a otro lugar con más capacidad.
  • La decoración y ambientación será la que os permita el notario, puesto que, al fin y al cabo, la notaría es su lugar de trabajo y es probable que después de vuestra boda tenga otros clientes que atender.
  • La ceremonia, sobre todo si se celebra en su despacho, será tan escueta como lo considere el notario. Muchos de ellos estarán encantados de que leáis vuestros votos, os intercambiéis anillos y arras o se lea algún texto, pero son ellos y su agenda los que deciden. 
  • Es importante que todos estos aspectos de la ceremonia los habléis previamente con el notario, para que no haya sorpresas el día de la boda.


La fecha de la boda y las alianzasPor otra parte, una vez tramitado el expediente matrimonial, es una forma mucho más rápida de casarse, puesto que el notario os dará cita antes que el Registro o el Ayuntamiento.


Y también os puede resultar más económico. El Registro Civil, algunas Juntas Municipales (en Madrid y siempre que la boda no se celebre en sábado), algunos Ayuntamientos (si estáis empadronados en ellos), no cobran nada por las bodas. Pero en otros Ayuntamientos, empadronados o no, las tasas pueden ser de infarto. Estamos hablando de hasta 500 €, según el municipio.


Para terminar quiero dar las gracias al Colegio de Notarios de Madrid por la información que me ha facilitado por teléfono y a través de su web, que me ha ayudado a completar con fundamento la información de este post.




Información de interés:

Guía Notarial
Listado de Colegios Notariales de España
Aranceles de los Notarios y Registradores de la Propiedad


Post relacionados:

Protocolo de la Ceremonia Civil (I)
Protocolo de la Ceremonia Civil (II)
Bodas Civiles con Oficiante: el Éxito en 10 Pasos
Validez de las Bodas en Alta Mar




La primera que vez que apareció este artículo fue en El Blog de¿Quién dijo boda?
 





Licencia de Creative Commons
Todo lo que necesitas saber de las bodas ante notario by ¿Quién dijo boda? - Arancha Moreno is licensed under a Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional License.

59 comentarios:

  1. lo que no hay es manera de encongtrar a un notario que case en festivo en Sevilla

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Ni en Sevilla, ni en Madrid, ni en ninguna otra ciudad de España. Los que son más proclives a casar en festivo y con desplazamiento suelen ser los notarios más jóvenes y que aún no tienen una clientela muy nutrida y segura. Para buscar esos notarios más "flexibles", recomiendo consultar a los distintos Colegios Notariales. El problema reside en que una boda es un acto sin cuantía y es bastante económico (incluso con desplazamiento), por lo que prefieren una firma de una hipoteca o un préstamo antes que celebrar un matrimonio. Y esto lo digo porque me lo ha comentario un notario en petit comité. Si se revisan las condiciones y las tarifas, probablemente sean más proclives a celebrar matrimonios dentro y fuera de la notaría. Suerte con la búsqueda de notario. Saludos y gracias por dejar tu comentario.

      Eliminar
  2. Mil gracias por publicar esto porque estaba entrando en pánico por no saber qué hacer ni por dónde empezar :S
    Mi única duda es si puedo empezar a tramitar el expediente matrimonial con 13 meses de antelación. Es decir nos queremos casar el 3 de junio 2017 pero podemos empezar ya?
    Gracias de nuevo!

    ResponderEliminar
  3. Hola, Vicky. Antes de nada, gracias por tu comentario y enhorabuena por la próxima boda.

    En cuanto a tu duda, te recomiendo que inicies el expediente con más tiempo, porque hay documentos que caducan a los pocos meses y te vas a encontrar con un problema. Si os casáis en junio, déjadlo para el 2017.

    No te agobies, porque tienes tiempo y, en este caso, acelerar las cosas es contraproducente.

    Si tienes alguna duda, no tienes más que comentármela, a través del blog o, si quieres más privacidad, a través del formulario de contacto.

    Un abrazo y mis mejores deseos.

    ResponderEliminar
  4. Genial artículo, se explica todo super bien

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Muchas gracias, Sevillana, por tu comentario. Saludos.

      Eliminar
  5. Muchísimas gracias Arancha.
    Mi prisa es más que nada porque mi novio es inglés y tendremos que pedir sus documentos aquí en UK y luego traducirlos. Aparte de que a Málaga vamos cada varios meses.
    Aunque sí mi familia puede llevar los documentos nos ahorramos algún viaje, al menos para empezar el expediente y ya cuando nos den cita pues tendremos que volar para allá. Espero que no la den de una semana a otra...
    Algún consejo para esta situación?
    Gracias de nuevo!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Vicky,

      desconozco las caducidades de los documentos que debáis aportar de UK, así que os recomiendo que os informéis allí de ello. Recuerda que los documentos que estén en inglés deberán ser traducidos por un traductor jurado y legalizarse en el consulado correspondiente o en el Ministerio de Asuntos Exteriores. Si mal no recuerdo, los extranjeros también necesitan aportar un certificado de soltería o de capacidad matrimonial.

      En cuanto a los de España, el problema es el que te comenté anteriormente: la caducidad. Si los presentas y a lo largo de la tramitación se caducan, puedes tener dificultades.

      En cuanto a que los documentos los presenten otros, son los propios novios los que tienen que acudir a todas la citas, en algunas de ellas puede ir sólo uno de los contrayentes y en otras los dos (en una de ellas acompañados por los testigos).

      Si os queréis ahorrar algún viaje, os dejo enlaces para solicitar documentos:

      Para el certificado literal de nacimiento en España:

      Enlace petición certificado literal de nacimiento España

      Para el certificado de empadronamiento en Málaga (no sé si es aquí donde estás empadronada, si no, deberías buscar el portal on-line de la localidad en la que estés empadronada):

      Petición certificado empadronamiento

      Para obtener el impreso de declaración jurada que os darán en ventanilla, pero que os podéis descargar para llevarla ya rellena:

      Descarga de declaración jurada soltería

      Y para la solicitud de matrimonio que así también llvaréis rellena:

      Descarga solicitud de matrimonio

      Y por si queréis información adicional para la preparación del expediente matrimonial:

      Información Registro Civil

      Y tranquila por las citas que, por desgracia, no dan de una semana para otra.

      Espero haberte sido de ayuda, Vicky.

      Un abrazo.


      Eliminar
  6. Mil gracias Arancha.
    El único que no me he podido descargar es la declaración jurada soltería donde el enlace no funciona.
    Mirando el resto tengo dos dudas.
    Estoy empadronada en Málaga pero la web me dice "LA OBTENCIÓN DE VOLANTES COLECTIVOS DEBERÁ REALIZARSE DE MODO PRESENCIAL EN LAS OFICINAS MUNICIPALES DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA O EN LA OFICINA DE ATENCIÓN AL PÚBLICO DE GESTIÓN TRIBUTARIA."
    ¿Lo necesito colectivo ya que estoy empadronada en el mismo domicilio que mi padre o individual vale?

    Otra duda es sobre las opciones de la web para solicitar el certificado de nacimiento. Me da 3 opciones:
    1) Solicitud de certificación electrónica de nacimiento (para uno mismo) EMITIDO AL MOMENTO
    2) Verificación de certificaciones electrónicas de nacimiento
    3) Solicitud de certificado de nacimiento

    ¿Entiendo que es la 3 la que debo solicitar? Ya que la 1 es Tramitación on-line con certificado digital y yo no tengo (que yo sepa).
    Gracias de nuevo!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Vicky.

      Te respondo a tus preguntas:

      1.- El enlace a la declaración jurada de soltería sí funciona, lo probé antes de publicarlo y lo he vuelto a probar ahora mismo y sí aparece. Será algún problema informático. Inténtalo de nuevo o prueba desde otro ordenador.

      2.- Respecto al certificado de empadronamiento. No hace falta que lo hagas presencial en ningún caso. Lo necesitas individual, puesto que la que te casas eres tú; no hace falta que lo pidas colectivo. Y lo puedes hacer on-line con y sin certificado digital, incluso te da la opción de hacerlo por teléfono. Así no tienes que desplazarte.

      3.- Y hablado del certificado literal de nacimiento, como me dices que no tienes certificado digital o DNI electrónico (que yo me sacaría en el próximo viaje a España, porque te ahorrarías un montón de desplazamientos), debes elegir la opción de solicitud de certificado de nacimiento. Luego debes introducir la provincia y municipio donde naciste, elegir la opción de "certificado literal", poner que es para matrimonio y luego rellenar el resto de los datos. Una vez relleno puedes pedir que te lo manden por correo o recogerlo en el Registro Civil.

      Te aconsejo que te saques el certificado digital, solicítalo en la FNMT, tendrás que ir un día en persona a un lugar habilitado para que te lo den (no sé si en UK hay algún sitio o tienes que hacerlo en España) y luego instalarlo en tu ordenador. Así podrás hacer muchísimos trámites sin tener que desplazarte, lo que te ahorrará tiempo y dinero.

      Saludos.

      Eliminar
  7. Buenas tardes,
    ¿ALguien sabe si puedo hacer el traslado del expediente matrimonial de madrid a baleares yo misma en persona? Es decir, recogerlo en madrid y llevarlo presencialmente a Baleares.

    Gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Elena.

      Sí se puede, lo único es que tienes que avisarlo antes. Yo lo hice de Madrid capital a Las Rozas en persona, porque era más rápido. Aunque también puedes pedir que lo hagan ellos.

      Gracias por el comentario y enhorabuena por la próxima boda.

      Eliminar
  8. Hola Arancha!! Que bien que me digas eso... entiendo que tengo que avisar en la cita previa cuando vaya con e testigo verdad? Un saludo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Eso es, Elena, avísalo entonces y ya te darán en el Registro las instrucciones que necesites para retirarlo y luego llevártelo a Baleares. Por cierto, quién estuviese en cualquiera de esas preciosas islas. Saludos.

      Eliminar
  9. Buenas noches,

    mi caso es al reves, voy con prisa. Celebramos el 18 de junio con los amigos y familia una fiesta y ese mismo día queremos comunicarles a todos que ya estamos casados. El martes 3 de mayo voy a entregar toda la documentación necesaria en el registro civil, ya dispondré ese día de todos los documentos y ya he hablado con un notario que nos casa en cuanto tengamos el expediente. Mi pregunta es…….es posible que me tramiten el expediente en el Registro Civil de Pradillo (Madrid) en un mes? o por contra lleva más tiempo?

    Gracias y un saludo.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, David,

      no sé si cuando hablas de ir a entregar todos los papeles ya es para ir a firmar con los testigos, porque incluso así creo que vas a ir un poco justo, puesto que desde la firma de los testigos estaban dando cita entre el mes y medio y los tres meses.

      Te recomiendo que consultes en el Registro para que no te lleves un disgusto si pasa el tiempo y no te mandan el mensaje para darte la cita con tiempo para casaros antes del 18 de junio.

      Suerte con ello y felicidades por la próxima boda.

      Saludos.

      Eliminar
  10. Buenos días David, yo presenté ayer todos los documentos en pradillo, y me han dado "cita previa" para dentro de 2,5 meses.. el día de la cita previa, comienzan a tramitar tu expediente, y te dan la resolución favorable en un mes y medio. Esta resolución es la que necesita el notario para poder casaros... como ves, calcula mínimo 4 meses desde que vas por primera vez hasta que te dan la resolución favorable.. están completamente desbordados, es una verguenza.

    ResponderEliminar
  11. Muchas gracias por la información.
    Aún me surge una duda... Tramitando en expediente en el registro de alcorcon hay algún problema en que elija un notario de Navalcarnero siendo ambos de la comunidad de Madrid???

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Ani2,

      gracias por tu comentaio. No tienes ningún problema en trasladar en expediente a cualquier otra localidad una vez que esté tramitado en el Registro que os corresponda a uno de los dos. Tranquila.

      Y, por supuesto, enhorabuena por la próxima boda. Os deseo toda la felicidad del mundo.

      Saludos.

      Eliminar
  12. Hola buenas, tengo una pregunta vivo con mi novio hace 7 anos tenemos un nino de 5 anos en comun y queremos casarnos lo antes posible pues nos mudamos el 22 de julio del 2016 a alemania y queremos estar casado para entonces hay alguna posibilidad de casarte en 5 dias o menos mul gracias por tu pronta respuesta pes esfamos desesperados por casarnos

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Brigitte,

      en respuesta a tu cuestión, te comento que dudo que vayais a poder casaros en tan corto plazo. Debes tener en cuenta que, aunque te cases ante notario, es imprescindible tramitar el expediente matrimonial en el Registro. Eso te llevará un plazo de varias semanas.

      Siento darte esta mala noticia, pero es que la burocracia no tiene en cuenta los sentimientos o las necesidades de las personas.

      De todas formas, os podéis casar en el Consulado en Alemania una vez que estéis allí. Podéis tramitar la documentación aquí antes iros y celebrar el matrimonio allí. Te recomiendo que contactes con Asuntos Exteriores para que ten todos los pasos que debéis seguir.

      Espero que os podáis casar aquí o en Alemania y que seáis muy felices.

      Un abrazo y gracias por tu comentario.

      Eliminar
  13. Buenas, quisiera consultarte, si estando separados legalmente, a través del notario se puede volver al estado civil como casado, es decir restablecer el matrimonio como la primera vez, gracias y saludos

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Carlos,

      si la separación fue ante notario sin intervención judicial, podéis acudir al notario para formalizar la reconciliación en escritura pública o acta de manifestaciones, que deberá inscribirse en el Registro Civil.

      En caso de que hayáis obtenido la separación directamente en el Juzgado, podéis dirigir un escrito al juez de familia de que ha habido una reconciliación entre ambos cónyuges y que queréis que quede sin efecto la separación. A partir de ahí os citarán y os pedirán que ratifiquéis vuestra reconciliación. Por último el juez dictará un auto dejando sin efecto la sentencia de separación y, como en el caso anterior, habrá que inscribirlo en el Registro.

      Espero haberte sido de ayuda.

      Un saludo y gracias por dejar tu comentario

      Eliminar
  14. Hola soy Carlos, tengo residencia italiana y me quiero casar aquí en Madrid con mi novia que es ciudadana española, ya tenemos todos los documentos necesarios. Y ella fue al registro civil a buscar cita para comenzar el expediente y le han dado cita para el 13 de febrero del 2017. Quiero saber si existe la forma de que sea mas rápido por otra vía. Saludos, Carlos David.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Carlos,

      lo primero, enhorabuena por vuestra próxima boda.

      En cuanto a tu pregunta, por desgracia la respuesta es que no, no hay forma de acelerar el proceso para una boda aquí en España.

      Si se tratase sólo de la boda, ante notario es más rápida. Pero sea como sea, es necesario tramitar el expediente matrimonial y ahí está el verdadero retraso.

      Según el registro tienen más o menos trabajo y de ahí parte la demora en las citas para tramitar el expediente.

      Siento no haberte podido dar mejores noticias.

      Saludos


      Eliminar
  15. Hola,buenos días.

    Lo primero decirte muchas gracias por las informaciones.
    Lo mio es lo siguiente,entregamos los documentos en setiembre y nos dieron cita para ratificar con los dos testigos el 27 de octubre 2016,nosotros queremos casarnos en diciembre en un notario pues seria más flexible la fecha puesto que soy paraguaya mi pareja español y me encantaría ir los 15 días de permiso por boda a mi país así festejaría boda y navidades😆
    Aquí viene la pregunta,después de la ratificación con los testigos,podrían dar ya el visto bueno para poder casarnos?
    Una amiga en Barcelona el mismo día de ratificación le dieron a elegir fechas y se casará este 5 de diciembre.
    Mi expediente está en Alcorcon -Madrid
    Espero tu respuesta..
    Desde ya muchas gracias ,un saludo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Romy,

      antes de nada, gracias por tus palabras y enhorabuena por adelantedo por vuestra boda.

      En cuanto a lo que me comentas, a partir del día 27 lo que queda es que se resuelva el expediente. No te puedo dar un plazo, porque cada Registro lleva su propio ritmo. Teniendo en cuenta que hay más de un mes desde la ratificación con los testigos, no tendría que demorarse tanto como para que no os pudiéseis ir a Paraguay a disfrutar de las Navidades con tu familia, salvo que el juez pusiese algún impedimento para ello.

      En cualquier caso, para que te quedes más tranquila, yo llamaría al Registro de Alcorcón y preguntaría cuánto tiempo les está llevando la resolución del expediente desde que se comparece con los testigos. Lo lógico es que te comenten los pazos con los que trabajen.

      Espero que tú y pareja podáis solucionar todo como tenéis planeado.

      Un abrazo

      Eliminar
  16. Hola Arancha,

    Mi novio y yo queremos casarnos en Barcelona (él es alemán, yo soy mexicana). La documentación es algo complicada y ya llevamos varios meses tratando de reunir todos los requisitos. Nuestro plan es casarnos en Enero 2017. Fuimos al registro civil de Barcelona y nos dijeron que en el supuesto que toda la documentación esté correcta, la fecha aproximada para casarnos sería para ¡¡¡junio 2017!!! Esto por la carga de trabajo. :S

    ¿Tendrás algún consejo para acelerar esta situación? ¿Sabes cuáles son las oficinas de Registro Civil más rápidas en Cataluña u otra región de España? o ¿quizá sea mejor tramitar todo el proceso con un Notario?

    ¡Gracias por tu ayuda!

    Saludos,
    Victoria

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Victoria.

      Antes de nada, enhorabuena a los dos por la próxima boda.

      En cuanto a lo que me comentas de la fecha de la boda, me temo que la cosa es complicada. El Registro Civil no puede ser cualquiera, independientemente de si tienen menos tiempo de espera o no. Debe ser el que corresponda al domicilio en el que estéis empadronados cualquiera de los dos contrayentes.

      Y en el caso de las bodas ante notario, como el expediente matrimonial es el paso previo imprescindible, el paso por el Registro es inevitable.

      Lo único que se me ocurre es que consultéis en vuestros respectivos consulados, por si os pudiesen acelerar los trámites. Podéis consultar con Asuntos Exteriores para que os informen de los trámites y posibilidades.

      Espero que podáis solucionar todo para la fecha que deseáis.

      Saludos

      Eliminar
  17. Muchas gracias por el artículo!!! Una duda, estoy empadronada en Sevilla desde Febrero'16 y antes residía en Málaga, además es en Málaga donde queremos casarnos, seria posible inicar el expediente en Sevilla para después llevarlo a Málaga y casarnos allí ante notario?? Un saludo y gracias!!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola,

      lo primero de todo, enhorabuena por la boda. Me imagino que estarás muy ilusionada con los preparativos.

      Respecto a tu pregunta. Podéis iniciar el expediente en el Registro correspondiente al domicilio o residencia habitual de cualquiera de los dos contrayentes, así que si tú estás empadronada en Sevilla, puedes iniciarlo allí. Una vez tramitado el expediente, podéis trasladarlo a la localidad que deseéis, en vuestro caso a Málaga.

      Te aconsejo que consultes en Sevilla cuánto tiempo están tardando en tramitar los expedientes, para que te sirva de referencia a la hora de reservar la cita con el notario y en el lugar de la recepción. En algunos registros tienen esperas de varios meses.

      Que no se me olvide: como me comentas que estás empadronada desde febrero en Sevilla y antes residiste en Málaga, cuando presentes la documentación tendrás que acreditar la residencia de los dos últimos años, así que tendrás que recopilar los justificantes de las dos ciudades, hasta completar los dos años. Es sencillo, porque lo normal es que puedas solicitar estos documentos online.

      Si necesitas alguna información más, no tienes más que comentármelo.

      Un saludo y muchas gracias por dejar tu consulta

      Eliminar
  18. Hola soy Colombiana, me casaré con mi novio español por lo civil. Cuando hablan de certificado de empadronamiento, debo llevar el de aquí de Colombia( es donde residía los últimos dos años) en cuanto a los documentos consulares, si aún estoy en mi país puedo conseguirlos desde aquí. O una vez esté en España hago los trámites en el respectivo cónsul?

    ResponderEliminar
  19. Hola, soy Colombiana y mi novio es Español tenemos planes de boda por lo civil el otro año que me vaya a Madrid. Quisiera que me asesoras en cuanto a los requisitos como extranjera. Lo del certificado de empadronamiento. Como y donde lo consigo, si he residido los últimos dos años en Colombia?. Los certificados consulares, es posible que si estoy en mi pais, podría hacer esos trámites aquí? O una vez estando en España voy al cónsul?.Y el pasaporte también debo legalizarlo o apostillarlo?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Daniela,

      el certificado de empadronamiento se expide desde que entres en España, para acreditar el tiempo de residencia en nuestro país. También deberás acreditar tu lugar de procedencia, por lo que esa documentación también deberás aportarla. Desconozco cómo solicitar los certificados consulares, por lo que te recomiendo que lo consultes previamente. Puedes consultarlo en el consulado español en Colombia, aunque debes contar con que los documentos que se aporten al expediente matrimonial tienen una caducidad, así que tampoco los podrás pedir con mucha antelación, porque es posible que no te los acepten y te los hagan solicitar de nuevo. Lo dicho, consúltado en el consulado español allí o en el tuyo cuando ya estés aquí.

      El pasaporte lo puedes apostillar en tu país de origen, puesto que Colombia y España son miembros del Convenio de la Apostilla.

      Espero haberte ayudado, Daniela.

      Un saludo y gracias por dejar tu consulta

      Eliminar
  20. Hola Arancha, articulo muy detallado y estupendo, pero claro siempre surgen las dudas cuando cada uno tenemos nuestro caso específico.... mi caso en concreto es q tenemos la 1a cita para presentar los papeles el 27 de enero en el registro civil de Madrid, y nuestras intenciones son celebrar la boda el 23 de marzo pues nos han regalado los billetes d la luna d miel..... pero con los comentarios y casos que he leído ahora tengo miedo q no nos de tiempo ..... que me recomiendas hacer? De antemano muchas gracias x tu tiempo

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Elba,

      mi felicitación adelantada por la boda para ti y para tu pareja.

      Si la primera cita es ya para comenzar el trámite del expediente, porque ya tenéis toda la documentación y os han citado para comenzar todo el proceso, puede que sí os de tiempo; aunque para que os quedéis tranquilos, te recomiendo que llames o te acerques al Registro para que te confirmen los plazos con los que están trabajando para este año.

      En el peor de los casos, siempre podéis hacer una ceremonia simbólica con vuestros invitados antes de la Luna de Miel y casaros a posteriori, una vez que tengáis la resolución favorable.

      Ojalá que podáis solucionar todo y que las fechas os coincidan.

      Si necesitas cualquier otra cosa, no tienes más que comentármelo. Si está en mi mano, estaré encantada de ayudarte.

      Un abrazo

      Eliminar
  21. Hola muchas gracias por el articulo ,
    Mi pregunta es en cuando alguien se casa en una notaria cuanto tiempo se tarda en entregarle el certificado de matrimonio
    Muchas gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Adam,

      tras el matrimonio, el notario se encarga de enviar el Acta de Matrimonio al Registro y es él el que se encarga de entregaros después el Libro de Familia. También os entregará una copia del Acta tras la boda. No sé si te refieres a alguno de estos documentos como certificado de matrimonio.

      En cualquier caso, si tienes dudas acerca del tiempo que tardarán en registrar la boda y entregarte el Libro de Familia, te recomiendo que hables con el propio notario o con el Colegio de Notarios que corresponda a tu ciudad.

      Espero haberte sido de ayuda. Si necesitas alguna información más, estoy a tu disposición.

      Un saludo y gracias por dejar tu consulta

      Eliminar
  22. Hola Arancha,

    ante todo enhorabuena por tu trabajo, nos ha facilitado mucho las cosas! :)

    Mi pareja y yo queremos casarnos el 14 de abril, que es el día que nos conocimos, pero este año cae en Viernes Santo! Hemos contactado con muchos notarios pero ninguno trabaja ese día (en Barcelona ciudad, que no es un pueblo!!). ¿Podrías recomendarnos alguno que sí lo pudiera hacer en día festivo? (Además sólo tenemos dos días para encontrarlo, es el plazo que nos ha dado el registro, sino tendríamos que volver a hacer el auto!)

    Mil gracias de antemano!

    Cristina

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Cristina,

      ¡¡¡qué cerquita tenéis la boda!!! Mi enhorabuena.

      Muchas gracias por tus palabras, me alegro que el blog os haya facilitado las cosas.

      En cuanto a lo que me consultas, te aconsejo que llames al Colegio de Notarios de Barcelona y les preguntes si conocen a algún notario que os pudiese casar en esa fecha. En el Colegio suelen saber cómo es cada uno y os podrán asesorar muy bien. Los más jóvenes y que están empezando suelen ser más flexibles en estos casos. En cualquier caso, la fecha es complicada por las vacaciones de Semana Santa.

      Si por lo que sea no encontráis notario, siempre podéis hacer una ceremonia simbólica el día 14 de abril y tener la boda civil en otra fecha. Ya sé que no es lo ideal, pero es una solución. Las bodas simbólicas, si están bien preparadas y quien ejerza de maestro de ceremonias lo prepara bien, son mucho más emotivas que las reales. Por experiencia sé que acaban teniendo más significado para las parejas que la legal.

      Espero que podáis solucionar todo a tiempo.

      Un abrazo

      Eliminar
  23. Hola, gracias por tu ayuda, me han dado cita en Madrid para EL 23 de mayo 2017, y esa cita es sólo para presentar la documentación, y después tardarán algún tiempo más me imagino, puedo solicitar en otro Ayuntamiento la cita por si me dan antes la cita para la presentación de los documentos y así avanzar mi idea de celebrarlo antes de mayo 2017.
    Y también tendría que ¿cancelar mi cita en el registro Civil de Madrid?.
    Y la ayuda de los notarios esta bien, seguro que lo haré por este medio.
    gracias por la repuesta.����

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Cecilia,

      el expediente matrimonial lo debes tramitar siempre en un Registro Civil. Este debe corresponder al domicilio de cualquiera de los contrayentes. Es decir, si ambos vivís en Madrid, debéis tramitarlo obligatoriamente allí. Si uno de los dos vive en otra ciudad, podríais recurrir al Registro Civil que corresponda. Y en cualquier caso, en la mayoría de ellos dan las citas con bastante tiempo.

      Una vez tramitado sí que podréis trasladarlo al ayuntamiento, al Juzgado de Paz o al notario que queráis. Pero el trámite del expediente es necesario hacerlo en un Registro. Siento la mala noticia.

      La única opción si quieres celebrar la boda antes, es que hagas una ceremonia simbólica en la fecha que prefieras y luego casaros de forma legal cuando os den fecha.

      Espero que tengas la boda de tus sueños, a pesar de lo difícil que no pone la burocracia.

      Un abrazo y muchas gracias por dejar tu consulta

      Eliminar
  24. Hola buenas,hace 6 años intentamos casarnos y por circunstancias no pudimos llevarlo a cabo.El Expediente se llevo a termino y se realizó en Pradillo,la boda se iba al celebrar en el Ayto de Segovia y trasladamos allí nuestro expediente.Ahora queremos casarnos nuevamente y hemos llamado a Segovia y nos dicen que el expediente ha caducado.Podemos reclamar en Madrid por si tienen copia?o hay que volver al tramitarlo.Muchas Gracias Saludos

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola,

      efectivamente, el expediente ha caducado, así como varios de los documentos que entregasteis al tramitarlo. Lo que ha expirado es el expediente de Pradillo, así que no es posible que os den copia.

      Es imprescindible que volváis a tramitar el expediente en el Registro que os corresponda (si seguís residiendo en el mismo domicilio será Pradillo de nuevo) y, una vez resuelto favorablemente, trasladarlo al lugar en que queráis contraer matrimonio.

      De cara al Registro, en ese tiempo han podido cambiar las circunstancias de ambos, así que requieren volver a acreditar todo de nuevo.

      Ya sé que es una faena volver a tramitar todo de nuevo, pero la burocracia es así.

      Espero que, a pesar de tener que renovar el papeleo, tengáis una bonita boda.

      Un saludo y muchas gracias por dejar tu comentario

      Eliminar
  25. Hola! primero gracias por la info nos ha sido de mucha utilidad.
    Tengo una consulta: mi novio es español y yo soy argentina, residiendo en Dubai. Y nos queremos casar lo antes posible porque en Dubai es ilegal vivir juntos si no estamos casados. Hay alguna manera de agilizar los trámites? Ya tenemos todos los papeles de los dos pero no hemos iniciado el expediente porque precisaban que yo vaya a firmar, la semana q viene estoy viajando para España para ver este tema.
    Gracias por todo!
    Saludos, Daniela.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Daniela. ¿Habéis preguntado en el consulado español en Dubai o en Asuntos Exteriores de España aquí? Suelen tardar menos en exteriores a la hora de agilizar los trámites de matrimonio, aunque supongo que dependerá de la documentación que debas aportar tú desde Argentina (partida de nacimiento, etc.). En principio tú no deberías de viajar a ninguno de los dos países, ni España ni Argentina para firmar nada, pudiendo hacerlo en el Consulado de España en Dubai siempre que uno de los ciudadanos sea español y el otro no sea natural del país en el que se celebre (tú eres argentina). Sería tu novio el que debería pedir que el Registro Civil que le iniciasen el trámite del expediente matrimonial(http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/LAPAZ/es/Embajada/ServiciosConsulares/Paginas/RegistroCivil.aspx). Espero que puedas solucionar todo lo antes posible. Saludos
      Eliminar

      Eliminar
  26. Hola quiero saber quien me da el libro de familia cuanto tiempo tarda muchas gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Kacem,

      el Libro de Familia te lo proporcionarán en el Registro Civil presentando del certificado de matrimonio, los documentos identificativos de ambos y un formulario en el que soliciteis la primera inscripción.

      En cuanto al plazo de entrega, no te lo puedo decir.

      De todas formas, El Libro de Familia desaparece. No sé si ya ha entrado en vigor la nueva ley que afecta a este asunto o está a punto de hacerlo.

      Te aconsejo que llames al Registro que te corresponda para averiguarlo.

      Un saludo y gracias por dejar tu comentario

      Eliminar
  27. Hola quería hacer una pregunta me casé extranjero y inicie la inscripción de mi matrimonio en España ya hice una entrevista aquí en el juzgado de mi localidad y mi esposa en el consulado mi luego de ahí en Ministerio fiscal Provincial y un juez encargado del registro dieron el expediente favorable y lo enviaron a Madrid al registro civil central mi pregunta es. Ya habiendo pasado eSo trámites todavía en madrid me pueden poner algún enpedimento y no darme el libro de familia mucha gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola,

      al tener el expediente como favorable por parte del juez encargado del Registro y haberos casado ya, en principio no debería haber ningún problema, puesto que contáis con todos los requisitos para la inscripción. El problema vendría de tener problemas con el expediente que, como me comentas, tenéis favorable.

      Si te quieres quedar más tranquilo, llama al Registro Civil de Madrid para confirmar cuándo harán la inscripción del matrimonio. Son trámites que llevan un tiempo y probablemente por eso no lo tengas aún.

      Espero haberte sido de ayuda. Y, sobre todo, felicidades por vuestro matrimonio.

      Un saludo

      Eliminar
  28. Hola! No se si llegare a tiempo para que me contestes, pero te comento mi caso por si acaso.
    Me caso en septiembre del 2019. Yo soy de Madrid y mi futura mujer de Jaen aunque vive en Madrid tambien. Pero nos queremos casar en Cádiz y no sabemos como lo tenemos que hacer ni con cuanto tiempo. Tenemos que hacer el papeleo aqui y luego buscar notario alli? Cuando tiempo tarda todo el procedimiento?
    Muchas gracias!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Ainhoa,

      no te apures, porque tienes tiempo de sobra. El expediente matrimonial se debe iniciar en el Registro Civil correspondiente a uno de los dos contrayentes, como en vuestro caso ambas vivís en Madrid, debéis tramitarlo aquí.

      Una vez que lo tengáis listo, sólo tenéis que pedir que lo trasladen al notario que hayáis elegido en Cádiz, o llevarlo vosotras mismas en mano (es más rápido y os cercioráis de que llega).

      En cuanto al tiempo, hay que contar con el atasco que tenga el Registro en Madrid, por lo que os aconsejo que preguntéis antes allí los tiempos de espera con los están funcionando, aunque en el peor de los casos no os debería llevar más de 4-5 meses (en otras comunidades autónomas sé de buena tinta que puede ser más tiempo). En cualquier caso, hay documentos de los que tenéis que presentar que tienen fecha de caducidad, así que no conviene iniciar el trámite con mucha antelación para no tener que volver a solicitarlos.

      Si puedo ayudarte en algo más, no tienes más que decírmelo.

      Enhorabuena por vuestra próxima boda y, sobre todo, os deseo que seáis muy felices.

      Saludos y gracias por dejar tu consulta

      Eliminar
  29. Hola! Quiero casarme el 6 de octubre en la Albufera de Valencia, que pertenece a El Palmar. Al ser así me dijeron que El Palmar pertenece al ayuntamiento de Valencia y que nos tenía que casar un concejal del ayuntamiento de Valencia o un notario con competencia en el distrito de Valencia. Llamé al ayuntamiento de Valencia y me dijeron que los concejales no se desplazan a no ser que sea como favor si eres amigo. Como no es mi caso, llamé al colegio notarial y ellos me dijeron que cualquier notario podía desplazarse a la Albufera a casarnos. He hablado con un notario de Valencia y éste me dice que no, que ha salido una normativa por la cual no pueden desplazarse. ¿En qué quedamos? ¿Pueden o no pueden desplazarse? Es que no entiendo cómo el colegio notarial me dice que sí y el notario que no... Muchísimas gracias!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, Sil,

      efectivamente, los concejales únicamente se desplazan como favor, puesto que no tienen obligación de hacerlo.

      Y en el caso de los notarios, lo cierto es lo que te han dicho en el Colegio de notarios. Se pueden desplazar, eso sí, cobrando los correspondientes honorarios por ese concepto.

      Me da la impresión que ese notario en concreto no quiere celebrar el enlace y pone una excusa como otra cualquiera. Si tienen mucho trabajo o ya tienen mucha experiencia, evitan las bodas, porque al ser actos sin cuantía (no son préstamos, ni compraventas, etc.) su minuta es pequeña y no les compensa.

      Mi consejo es que te vuelvas a poner en contacto con el Colegio de notarios, les comentes el caso y les pidas que te recomienden otro notario. Ellos conocen a todos los notarios y saben quiénes están más dispuestos a celebrar bodas sin poner problemas.

      Y si todo falla, siempre os podéis casar en el ayuntamiento y luego hacer una ceremonia con un oficiante.

      Espero que puedas encontrar a un notario pronto. Si necesitas algo más, no tienes más que decírmelo.

      Y enhorabuena por tu próxima boda.

      Un abrazo

      Eliminar
  30. Hola! Hemos tramitado nuestro expediente matrimonial en Pamplona e iremos a buscarlo esta semana. Nos casamos ante notario en Madrid pero en el registro de Pamplona nos dijeron que necesitamos llevar nuestro expediente al registro de Madrid y que nos den "permiso" para casarnos en esa notaria. Es así o con llevar el expediente al notario vale? Muchas gracias

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola.

      En principio tiene que ser el juez el que emita un auto que autorice la celebración de la boda ante el notario que elijáis. Lo que no te puedo asegurar es si debe ser el notario de Pamplona, que es el lugar en el que se tramitado el expediente o se debe trasladar a Madrid para que sea ese juez el que lo emita.

      Ante la duda, te recomiendo que llames al Registro de Madrid y que te pongas en contacto con el notario elegido para que os aclaren la duda.

      Te deseo que tengas una boda preciosa y un matrimonio muy feliz.

      Gracias por dejarnos tu consulta.

      Saludos

      Eliminar
  31. Hola tengo algunas dudas. Mi pareja es de Costa Rica (y aún no vive aquí)y yo Ourense, la idea es que cuando el venga se empadrone conmigo aquí y ya a partir de ahí empezar el expediente de matrimonio. Vendrá como turista, su boleto es como para 20 días (pero porque le obligan a comprar billete de de vuelta), mi duda es que ya viendo que hay tantas demoras qué problemas pueda tener pasados esos 20 días o si al tener empezado ese expediente o tener solicitudes pendientes ya es un justificativo válido para que se extienda su estadía.

    Mil gracias de antemano.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola!

      Desde luego la tramitación del expediente aquí se va a demorar más de 20 días con toda seguridad. Lo que no te puedo indicar es si se puede alargar el permiso de estancia o no, con motivo del matrimonio. Te recomiendo que consultes con Exteriores o con un abogado especializado en extranjería, puesto que es un asunto específico.

      En cualquier caso, puedes iniciar tú los trámites aquí y que tu pareja reserve el billete para la fecha en la que deba hacer la entrevista personal en la que debéis asistir. Y tu pareja también puede consultar en el Consulado en Costa Rica si puede realizar algunos trámites desde allí, para que os sea todo más fácil.

      Os deseo una bonita boda y un feliz matrimonio.

      Saludos y gracias por dejar tu consulta

      Eliminar

Estamos encantados de que nos dejes tus aportaciones, porque tu opinión es importante para nosotros. Sólo te pedimos que, por favor, no publiques links ni contenidos publicitarios de ningún tipo, porque estos no serán publicados. Si deseas anunciarte, contacta con nosotros previamente. Gracias.