¿Has oído hablar de la toma de dichos? Pues si os vais a casar por el rito católico es algo que tenéis que saber... y por lo que tendréis que pasar. A pesar de tener un nombre tan serio y anticuado, lo cierto es que es algo sumamente sencillo y que tiene su lógica.
Si queréis saber qué es la toma de dicho y en qué consiste, os invito a que me acompañéis...
Qué es
♥ Es un trámite obligatorios para las bodas que se celebran por la Iglesia.
♥ Realmente es el equivalente a la entrevista personal que tiene lugar con los contrayentes y con los testigos cuando se tramita el expediente matrimonial para una boda civil.
Cuándo tiene lugar
♥ Se realiza una vez que se ha entregado la documentación para tramitar el expediente matrimonial.
♥ Suele tener lugar en la parroquia que corresponda al lugar de
empadronamiento de al menos uno de los novios y luego se traslada junto
con el expediente a la iglesia en la que queráis casaros, en caso de que
seáis fieles de una parroquia y tengáis previsto casaros en otra.
Aunque en ocasiones se puede pedir la autorización para que la toma de
dichos se haga en la parroquia en la que os vayáis a casar. Es
importante que consultéis es posibilidad con ambos párrocos, el de la
iglesia que os corresponda por domicilio y el de la parroquia en la que
vaya a tener lugar la ceremonia.
♥ Una vez tramitado el
expediente (incluida la toma de dichos) se publican las amonestaciones
(3 semanas mínimo) y una vez finalizado el plazo, ya se puede celebrar
la boda en la fecha prevista.
En qué consiste
♥ El párroco cita a la pareja una vez que se ha abierto el expediente para mantener una entrevista con ambos y con los testigos.
♥ En esa entrevista primero entrarán en el despacho del párroco los testigos a los que hará algunas preguntas para saber si conocen a los novios, si no hay ningún impedimento para que contraigan matrimonio, si van a casarse sin coacción ni presiones familiares, si realmente se aman...
♥ Después entrarán los novios a los que les hará preguntas en el mismo sentido que a los testigos. Lo que realmente quiere saber es si los novios quieren casarse voluntariamente, por amor, sin secretos y de acuerdo a los requisitos del matrimonio católico.
♥ Las preguntas son sencillas y se pueden responder perfectamente sin necesidad de preparación.
♥ Una vez finalizadas las preguntas tendréis que firmar esa declaración.
Los testigos
♥ Los testigos deben ser dos, uno por cada miembro de la pareja. Es requisito imprescindible que sean mayores de edad, que conozcan a los novios desde hace tiempo... y que no sean familiares (restricción de consanguinidad). Si hubiese presiones para celebrar la boda por parte de la familia, preguntarles si los novios quieren contraer matrimonio precisamente a ellos no sería lo más adecuado, ¿no os parece? Si los testigos son amigos, será más fácil que puedan confirmar que los novios se casan con capacidad y libertad.
♥ Los testigos deben acudir a la cita con la documentación que acredite su identidad.
♥ Los testigos que comparezcan en la toma de dichos no tienen que ser los mismos que participarán en la ceremonia. Ese día podéis tener tantos como queráis (aunque conviene que el número sea razonable), que sean familia y que algunos actúen como padrinos.
♥ La toma de dichos suele tener lugar entre los 3 y los 6 meses antes de la boda, aunque dependerá de con cuánto tiempo la estéis planificando y de las circunstancias de la parroquia.
La cuestión monetaria
♥ Recordad que a la hora de abrir y tramitar el expediente matrimonial os cobrarán unas tasas, en las que están incluidos los trámites administrativos y también la toma de dichos. Consultad antes el importe de esas tasas, para no llevaros una sorpresa después.
Como veis es un trámite obligatorio, pero muy sencillo.
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La primera vez que apareció el post Qué Es la Toma de Dichos en una Boda Católica fue en el blog de ¿Quién Dijo Boda?
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